La Unidad de Inversiones elaborará los lineamientos en la política de inversiones, la cual deberá formular anualmente y proponerla por el conducto respectivo al CONABED para su aprobación, así como cualquier otra actividad que le permita desarrollar sus funciones. Además desarrollará la función de asesor en materia de inversiones. A. Funciones * Realizar inversión de rendimientos de dineros incautados (moneda nacional). * Dirige y controla la estructura de ponderación de indicadores cuantitativos. Marco Legal * Artículo 33 del Reglamento de Extinción de Dominio, Acuerdo Gubernativo número 514-2011. * Constitución Política de la República de Guatemala * Ley de Extinción de Dominio Decreto número 55-2010 del Congreso de la República de Guatemala. * Ley del Fortalecimiento de la Persecución Penal Decreto número 17-2009 del Congreso de la República de Guatemala. * Ley Contra el Lavado de Dinero u otros activos Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, * Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas. Decreto número 15-2009 del Congreso de la República de Guatemala, * Ley del Organismo Judicial Decreto número 314 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Notariado Decreto número 2-70 del Congreso de la República de Guatemala, * Código de Comercio de Guatemala Decreto Ley 106, Código Civil Decreto Ley 107 * Código Procesal Civil y Mercantil, Acuerdo Gubernativo Número 574-2011 del Presidente de la República, * Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio. * Reglamento de la Ley Contra el Lavado de Dinero u otros activos. Referencia * Oficio-607-2020/SG/UIS/ELPZ-cjpc. * Manual de inversiones. * Manual de inversión de rendimientos de dineros incautados. Unidad de Inversiones Jefe de Unidad: Lic. Erwin Leonel Pineda Zambrano Responsable de Actualización de Información: Cristian Jonathan Pérez Cardona Fecha de emisión: 21/01/2021 Artículo 10 numeral 1, Ley de Acceso a la Información 1 de 1